La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ha tomado medidas para prohibir la comercialización de diversos alimentos por ser ilegales, según lo publicado en el Boletín Oficial.
En una disposición emitida bajo el número 5263/2023, se prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización de la “Miel de abeja de Córdoba marca Establecimiento Dulcinea” en todas sus presentaciones, lotes y fechas de vencimiento. La medida se basó en la falta de registro de establecimiento y producto, además de mostrar en el rótulo un número de RNE inexistente y un RNPA perteneciente a otro producto, lo que lo calificó como un producto ilegal. Además, cualquier producto con el registro sanitario RNE 04006844 también fue prohibido por tratarse de una serie inexistente.
Asimismo, mediante la disposición 5279/2023, se prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización de una serie de productos, incluyendo “Maní crocante sabor jamón”, “Maní repelado salado”, “Pasas de uva s/semilla”, “Ciruelas s/carozo” y “Mix frutos secos”. Estos productos fueron prohibidos por carecer de registro de establecimiento y producto, y por mostrar en sus rótulos un número de RNE inexistente y números de RNPA pertenecientes a otros productos, lo que los califica como ilegales. Además, cualquier producto con el registro sanitario RNE 21-098372 también fue prohibido por contar con un número inexistente.
Las actuaciones para tomar estas medidas se iniciaron a raíz de una notificación de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAl), que alertó sobre productos que no cumplían con la normativa alimentaria vigente. Se realizaron muestras oficiales de los productos investigados y los informes de laboratorios confirmaron la falsa rotulación de los mismos.
Por otra parte, la disposición 5280/2023 prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización del producto “Café tostado natural en grano marca RUNA CAFÉ, Nombre de fantasía: Santos Brasil” y cualquier otro café marca RUNA que no presente números de RNE y/o de RNPA en sus rótulos, en todas sus presentaciones, lotes y fechas de vencimiento. La prohibición se basó en que estos productos carecían de registros sanitarios de establecimiento y producto, lo que los convirtió en productos ilegales. Esta medida se tomó a partir de un reclamo de un particular y de una investigación sobre la información obligatoria que debe figurar en el rótulo del producto.
La ANMAT ha tomado acciones para proteger la salud de los ciudadanos y evitar la comercialización de alimentos ilegales que no cumplen con la normativa vigente. Los productos mencionados han sido prohibidos en todo el territorio nacional, incluyendo las plataformas de venta en línea.